¿Por qué necesito asesoramiento?
24/06/2015¿Vacaciones en el extranjero? ¿Y tu carnet de conducir?
23/07/2015Ha acabado la estación de la declaración. Ha empezado el tiempo de la comprobación. Los contribuyentes han cumplido sus obligaciones fiscales. Han enviado sus cuentas de 2014 a Hacienda. Se han presentado más de 19 millones de declaraciones en esta campaña, por cierto. Muchas de estas declaraciones hemos tenido el honor de confeccionarlas, por encargo vuestro, en nuestra asesoría fiscal en Valencia, Antelo-Mencheta Consultores Auditores que, como sabéis, está a vuestra disposición. Ya conocéis nuestro bien hacer, nuestra profesionalidad, nuestra preparación y nuestra amabilidad a la hora de atenderos en la Declaración de la Renta o en cualquier otro asunto. No sólo contáis con nuestras asesorías para la Declaración, sino para hacer el seguimiento posterior, tanto a la hora de cambiar algún dato que pueda suponer un error, como para hacer el seguimiento de la devolución e incluso para recurrir, si Hacienda creyera encontrar alguna inexactitud. ¿Qué pequeños “olvidos” no perdona Hacienda?
- 1.- Gastos de ropa, comida, copas y otras facturas incluidos y que no tienen que ver con la actividad profesional de autónomos, profesionales o pymes.
- 2.-Pretender deducir más del 50% del precio del coche comprado por un profesional o incluir en las deducciones las multas de tráfico.
- 3.-Tratar los empresarios de desgravar los gastos de viaje o de vacaciones con la familia.
- 4.- Los recibos de comidas, compras en supermercados, tickets de la gasolinera o los de bares no se pueden deducir.
- 5.-La deducción por vivienda de personas que tuvieron derecho, pero la abandonaron y volvieron a casa de los padres. Por el consumo de energía y de agua Hacienda aclara si el piso está habitado.
- 6.-Los alquileres que varios inquilinos tratan de desgravar. Se detecta el arrendatario a través de la ficha catastral y de la declaración del arrendador.
- 7.-Las parejas que hacen la declaración por separado y pretenden deducirse el 100% de cada hijo, siendo que deben repartirse la desgravación entre ambos padres.
- 8.-Las subvenciones que no están exentas de tributación.
- 9.-Los premios cuyas ganancias deben ser declarados.