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20/10/2013 carta de despido es el documento a través del cual una empresa le comunica a un trabajador su voluntad de prescindir de sus servicios. Es además una exigencia fundamental especificada en la legislación vigente de nuestro país a la hora de llevar a cabo un despido de forma correcta y legal.
Sea cual sea el tipo de despido al que se enfrenta un trabajador, disciplinario (por irregularidad cometida) u objetivo (por razones técnicas o económicas), debe estar apoyado por una carta de despido para que sea considerado procedente.
En dicha carta se especificarán una serie de causas que lo justifiquen y sin ella el despido podrá ser considerado improcedente.
Contenido de la carta de despido
- Está redactada por un abogado laboralista y debe alegar de forma perfectamente detallada una causa de las establecidas en el Estatuto de los Trabajadores para el despido.
- Además debe contemplar todos los detalles de la relación laboral (puesto de trabajo, antigüedad en la empresa…)
- En ella debe figurar la indemnización y el preaviso en caso de que proceda.
- En el caso de un despido colectivo por ERE, cada trabajador afectado tiene que tener su propia carta de despido.
- Debe firmar el «recibí» de dicha carta.
- Si no está de acuerdo con las causas alegadas debe firmar como «no conforme» y posteriormente impugnar judicialmente.
- Nunca firmar ningún documento que no contenga el sello de la empresa, la fecha en todas las páginas y la firma de un responsable de la empresa.
- Si el despido es objetivo el trabajador tendrá derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado, pero si es disciplinario no obtendrá ninguna.