Autónomos y PYMES: ¿cómo fijar los precios?
22/08/2013Deducciones fiscales para autónomos y PYMES
06/09/2013Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o IRPF es un impuesto personal y directo que grava la renta obtenida en un año natural por las personas físicas residentes es España. Las retenciones del IRPF son aquellas cantidades de dinero adelantadas a la Agencia Tributaria en previsión de la declaración de dicha renta. Es obligatorio declararlas y afectan tanto a trabajadores por cuenta ajena como a autónomos.
Tipos de retenciones del IRPF que afectan a los autónomos:
Los autónomos dedicados a actividades profesionales, agrícolas, ganaderas y forestales, así como algunas actividades en módulos deben aplicar los siguientes porcentajes de retención en sus facturas:
- Actividades profesionales: 21%, a partir del 1 de enero de 2014 se reducirá al 19%.
- Nuevos autónomos en actividades profesionales: 9% el año del inicio de la actividad y los dos siguientes años.
- Algunas actividades en estimación objetiva (módulos): 1%.
- Actividades ganaderas de engorde de porcino y avicultura: 1%
- Actividades agrícolas y restantes actividades ganaderas: 2%
- Actividades forestales: 2%
Los autónomos dados de alta en actividades empresariales, que son aquellas incluidas en la sección primera del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) no deben practicar retenciones en sus facturas.
¿Qué modelos tengo que presentar en Hacienda?
Modelo 111
Se presenta trimestralmente. El primer trimestre antes del 20 de abril, el segundo antes del 20 de julio, el tercero antes del 20 de octubre y el último antes del 20 de enero del año siguiente. El resumen anual es el modelo 190 y se tiene que presentar antes del 20 de enero. Los autónomos pueden presentarlo por internet o en papel. Si se opta por la segunda opción se debe hacer en el banco (en caso de que haya que ingresar) o en Hacienda (si la declaración es negativa).
Modelo 115
Los plazos y la forma de presentación son los mismos que para el 111. Su resumen anual es el 180. En este modelo se declaran las retenciones correspondientes a los alquileres o arrendamientos.
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