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El 19 de octubre de 2022 entró en vigor la Ley de Creación y Crecimiento Empresarial, denominada comúnmente ley crea y crece, la cual impulsa la formación de empresas y facilita su crecimiento y expansión. Además, incluye una enmienda que hace referencia a los autónomos y al embargo. En este artículo expondremos las características principales de esta nueva ley y cómo, si eres trabajador por cuenta propia, puedes proteger tus propiedades y bienes.
Qué ocurre con los embargos
El artículo 1911 del Código Civil indica que los autónomos responderán a las deudas que genere su negocio tanto con sus bienes presentes como futuros. De este modo, los trabajadores por cuenta propia están expuestos a perder sus propiedades desde el instante en el que inician su actividad profesional.
Aunque estos ponen en riesgo su patrimonio al emprender un negocio, desde hace tiempo tienen la opción de proteger su vivienda dándose de alta como emprendedor de responsabilidad limitada (ERL). Esta figura, que no difiere en características de la sociedad limitada unipersonal, no ha tenido éxito en este colectivo de trabajadores.
Con el fin de que esta figura se ampliara y obtuviera las garantías necesarias para que embargo y propiedad del autónomo no fueran unidos, la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) presentó una enmienda a la Ley de Creación y Crecimiento Empresarial.
Tras ser aprobada por el Congreso, entró en vigor el 19 de octubre de 2022. Desde ese momento, no solo puedes proteger tu vivienda habitual, sino también tus bienes de negocio. Aquí se engloban todos los tipos de máquinas, herramientas o elementos que necesites para desarrollar tu actividad profesional.
Pero ¿qué diferencias hay en cuanto a la figura de emprendedor de responsabilidad limitada antes y ahora en relación con los embargos? Hasta la entrada de la nueva ley, los autónomos podían evitar que, bajo determinadas situaciones, la responsabilidad derivada de sus deudas empresariales afectara a su vivienda habitual.
Ahora, este método de protección queda ampliado también a los bienes de equipo con los que los trabajadores de cuenta propia desarrollan su profesión o actividad.
En relación con las viviendas, podrás beneficiarte de la limitación de responsabilidad siempre que esta no supere los 300 000 euros. En caso de estar ubicada en una población de más de 1 000 000 de habitantes, no se podrá embargar si su valor es inferior a 450 000 euros.
Los bienes de equipo serán inembargables siempre que se cumplan estos requisitos:
- Ser utilizados para desarrollar la actividad.
- Estar debidamente identificados en el Registro de Bienes Muebles.
- El conjunto de los bienes no supere la suma de la facturación de los dos últimos ejercicios del autónomo.
Autónomo: cómo proteger tus propiedades
Para evitar el embargo de tus viviendas y tus bienes de negocio, debes darte de alta como emprendedor de responsabilidad limitada. De este modo, en caso de que las cosas en tu negocio vayan mal, además de conservar tu vivienda, podrás seguir teniendo una fuente de ingresos.
Será necesario que hagas una lista detallada con todos los bienes. Para ello, habrás de rellenar un formulario.
Es conveniente que tengas en cuenta los pasos generales para proteger tu vivienda habitual y tus bienes de equipo. En primer lugar, has de inscribirte como tal en el Registro Mercantil. Puedes hacerlo de dos maneras:
- Mediante acta notarial presentada por el notario de modo telepático en el mismo día o el día siguiente hábil al de su autorización en el Registro Mercantil.
- A través de una instancia suscrita con la firma electrónica reconocida del autónomo y remitida de forma telemática al Registro Mercantil. En este informe tendrás que señalar también el bien inmueble, propio o común, y los bienes de tu negocio que pretendes proteger.
Acto seguido, será necesario que te inscribas en el Registro de la Propiedad y en el Registro de Bienes Muebles a través de la hoja abierta para ese fin.
Esperamos que con este artículo hayas entendido las nuevas novedades en cuanto a autónomos y embargo se refiere. No obstante, te invitamos a recurrir a los servicios de nuestra gestoría, Antelo Consultores, para que podamos explicarte detenidamente la relación entre los autónomos y la nueva ley, además de estudiar tu situación personal y ofrecerte la mejor solución según tus necesidades.
Fuentes de referencia:
https://www.autonomosyemprendedor.es/articulo/tu-negocio/partir-semana-que-viene-autonomos-podran-blindar-vivienda-negocio-embargo/20221014161255027938.html
https://www.cuatrecasas.com/es/spain/articulo/espana-ley-crea-y-crece-medidas-societarias
https://www.wolterskluwer.com/es-es/expert-insights/ley-crea-crece-claves-novedades
https://planderecuperacion.gob.es/noticias/el-congreso-aprueba-la-ley-crea-y-crece-una-de-las-principales-reformas-del-plan-de
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