¿Hay Plusvalía Municipal en ventas con pérdidas?
17/05/2013¿Cuánto debo guardar la documentación de la empresa?
12/06/2013Cada año por estas fechas, la Agencia Tributaria es hospitalaria con todos los contribuyentes, animando a estos a presentar sus cuentas, estamos hablando de las Declaración de la Renta (IRPF). Esta campaña de 2012 presenta como novedad, que se anticipa al 24 de abril de 2013, la fecha de presentación de estas declaraciones por vía telemática (Internet).

¿Cuándo tenemos obligación de presentar IRPF?
Renta: cuando hayamos percibido ingresos sujetos a IRPF.
Pero existen circunstancias que provocan la NO Obligación a presentar la declaración de la Renta, como: 1) Rendimientos del Trabajo: 1.1) Si obtenemos 22.000 € o menos de un solo pagador o percibimos rentas de varios pagadores y se produce alguno de estos casos:- El total de los ingresos por otros pagadores diferentes del principal no sobrepasen los 1.500 €.
- Si se percibe pensiones de clases pasivas (jubilación, viudedad, terrorismo, etc.) y su retención se fije por su fórmula especifica.
- Los ingresos provienen de más de un pagador y el resto de pagadores diferentes del principal sobrepasan los 1.500 € de rentas.
- Las rentas provienen de pensiones compensatorias (como el caso de divorcios).
- El pagador no tiene obligación de practicar retención.
- Cuando se obtengan rentas del trabajo sujetas a retención de tipo fijo
Novedades IRPF 2012
- Cambios en las indemnizaciones por despido debidos a la reforma laboral.
- Nueva Orden de Módulos.
- Nuevo declaración complementaria para ciudadanos que trasladaron la residencia a otro país de la UE.
- Nueva casilla para declarar el exceso de amortización realizada por la libertad de amortización, en comparación de las amortizaciones fiscalmente deducibles de no hacerse empleado este incentivo en la estimación de incremento o pérdida patrimonial al transmitir elementos afectos. El exceso de amortización tributa en rendimientos de actividades económicas.
- Apartado para informar si se realizará autoliquidación por Gravamen único en caso de que hayamos realizado actualización de balances.
- Bonificación del 50% sobre las rentas por transmisión de inmuebles urbanos incorporados entre 12-05-2012 y 31-12-2012.
- Exención de la ganancia por dación en pago de la vivienda habitual.
- Las tarifas complementarias que tendrán una aplicación transitoria, en 2012 y 2013, tanto sobre la base liquidable general como sobre la base del ahorro.
- Eliminación de la compensación por compra de vivienda realizada antes del 20-01-2006.
- Cambian los importes máximos a las deducciones por inversión empresarial.
- Nuevas deducciones autonómicas.
- Se flexibiliza el borrador de la declaración del IRPF.